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martes, 11 de abril de 2017

Llei integral del reconeixement del dret a la identitat i a l’expressió de gènere a la Comunitat Valenciana

S'ha publicat hui la Llei 8/2017, de 7 d’abril, de la Generalitat, integral del reconeixement del dret a la identitat i a l’expressió de gènere a la Comunitat Valenciana.

Podeu consultar-la i descarregar-la des del DOGV.

La llei suposa una fita històrica per al reconeixement del dret a la identitat i a l'expressió del gènere que s'uneix a la trajectòria seguida per altres comunitats autònomes i desenvolupada en altres àmbits estatals i internacionals.

Quant a la seua estructura, sis títols integren aquesta llei:

Títol I. Disposicions generals. Conté una sèrie de disposicions de caràcter general en què es recullen l’objecte de la llei, l’àmbit d’aplicació i unes definicions per a facilitar la interpretació d’aquesta norma, així com els principis d’actuació de les administracions públiques de la Comunitat Valenciana en matèria d’identitat i expressió de gènere. 

Títol II, Drets. Estableix els drets que la llei atorga en favor de les persones a les quals s’aplica. S’hi estableix de forma contundent la prohibició de discriminació i s’hi fa especial referència als menors trans. 

Títol III, Tractament administratiu de la identitat i l’expressió de gènere. Estableix la creació d’una documentació administrativa necessària per a evitar situacions de patiment per exposició pública o discriminació. Garanteix el dret a un servei d’assessorament i suport per a persones trans, les seues famílies i les persones acostades, Estableix els principis de l’actuació administrativa en matèria d’identitat de gènere i crea el Consell Consultiu Trans de la Comunitat Valenciana. 

Títol IV. Atenció i mesures en favor de les persones trans. S’estableixen les bases per a una política pública en matèria d’identitat i expressió de gènere. Es troba dividit en nou capítols. 

Títol V. Mesures de tutela administrativa. Estableix garanties i el procediment per a lluitar contra les conductes discriminatòries i estableix el principi d’inversió de la càrrega de la prova en els procediments administratius. 

Títol VI Infraccions i sancions. Estableix la regulació de les infraccions administratives en matèria de vulneració dels drets de les persones trans.

martes, 4 de abril de 2017

Decreto. Currículo del CFGS Técnico/a Superior en Promoción de Igualdad de Género

En el DOGV de hoy 4 de marzo se ha publicado el DECRETO 43/2017, de 24 de marzo, del Consell, por el que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico/a Superior en Promoción de Igualdad de Género.

Este decreto tiene por objeto establecer el currículo del ciclo formativo de grado superior vinculado al título de técnico/a superior en promoción de igualdad de género, teniendo en cuenta las características socio-productivas, laborales y educativas de la Comunitat Valenciana. 

Incluimos a continuación un enlace con el contenido del decreto a fin de que conozcáis mejor esta posibilidad de formación de una actualidad creciente y con un potencial interesante en el ámbito de nuestra sociedad actual.

martes, 27 de diciembre de 2016

Protocolo de acompañamiento Identidad de género, expresión de género e intersexualidad

Se ha publicado en el DOGV de hoy el Protocolo de acompañamiento para garantizar el derecho a la identidad de género, la expresión de género y la intersexualidad en los centros educativos. Creado por la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, se trata de una medida cuyo objetivo es favorecer la inclusión educativa, asumir la igualdad y asumir la igualdad y la diversidad como valores irrenunciables.

La identidad de género, su expresión y la intersexualidad plantean retos para el desarrollo de la inclusión en los centros educativos. A través de esta iniciativa se pretende que desde estos se afronte la planificación necesaria para el respeto a la diversidad y la prevención del acoso escolar sobre un alumnado especialmente vulnerable a sufrirlo.

La persona coordinadora de igualdad y convivencia supervisará en colaboración con el equipo directivo, el equipo orientador y las tutorías, diversas actuaciones relativas a la identificación personal, la libertad de vestimenta y el acceso a espacios de acuerdo con la identidad de género manifestada, entre otras medidas inclusivas.

Por su parte, la Dirección General de Política Educativa promoverá procedimientos de coordinación de actuaciones y de intercambio de recursos con otros departamentos, orientados a prevenir, detectar e intervenir ante estas formas de discriminación y sus consecuencias.

Os invitamos a conocer este protocolo a través del siguiente enlace:

domingo, 17 de julio de 2016

Coordinación de igualdad y convivencia en los centros educativos

Las instrucciones de inicio de curso 2016-2017 han establecido una novedad muy importante en lo que toca a las prácticas coeducativas y al desarrollo de actuaciones de igualdad y de prevención de prejuicios, estereotipos y toda forma de violencia de género. La creación de una figura coordinadora de igualdad y convivencia en los centros de Educación Infantil de segundo ciclo, de Primaria, de Secundaria Obligatoria y Bachillerato no puede tomarse sino como una buena noticia para la promoción de los principios coeducativos y el fomento de la igualdad de oportunidades real desde la escuela.

En las respectivas resoluciones para Educación Infantil y Primaria y para Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato podéis leer con más amplitud tanto sobre la creación de estas figuras como acerca de sus requisitos (se prima ser docente del centro con destino definitivo y con formación al respecto y tener experiencia en la coordinación de equipos y/o en la acción tutorial). En ambos casos se establece una dedicación para el desarrollo de esta función de dos horas lectivas. ¿Suficientes? El tiempo y el desempeño en uno u otro centro lo dirán.

Las coordinadoras y coordinadores de igualdad y convivencia colaborarán con la dirección del centor y con la Comisión de Coordinación Pedagógica en la elaboración y en el desarrollo del Plan de Convivencia del Centro y en la coordinación de las actuaciones previstas en él así como de las actuaciones de igualdad referidas en la Resolución de las Cortes, núm. 98/IX, del 9 de diciembre de 2015.

Así mismo, las dos resoluciones anticipan una formación específica que se programará desde el Servicio de Formación del Profeesorado con la colaboración del Servicio de Innovación y Calidad.

El reto por una educación en favor de la igualdad de oportunidades debería ser una cuestión de todo el profesorado, más aún, de toda la comunidad educativa. El hecho de que esta gran responsabilidad tenga una persona de referencia en el centro que dinamice la acción de todos y de todas da prueba de su importancia. No obstante, el desempeño de esta función, para ser significativo exigirá una mayor concienciación dentro del centro educativo y una efectiva formación en un campo que, por desgracia, ha sufrido altibajos y periodos de desigual atención a lo largo de los años.

Porque nos creemos esta formación, esperamos que venga para quedarse y para construir una sociedad más igualitaria, donde los comportamientos sexistas no sean manifestaciones del peso de una cultura patriarcal sino excepciones que nos extrañen y contra las cuales toda la comunidad escolar nos posicionemos en bloque.
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