sábado, 9 de diciembre de 2023

Sentencias por publicidad sexista en España

Con el fin de dar cumplimiento a lo establecido en el Pacto de Estado contra la Violencia de Genero, el Observatorio de la Imagen de las Mujeres (OIM), gestionado por el Instituto de las Mujeres, publica en esta página una recopilación de todas las sentencias emitidas en España por publicidad sexista y las hace accesibles al público en general. Las sentencias van acompañadas en todos los casos de una ficha resumen.

La Ley General de Publicidad, en su artículo 3.a), contempla la cesación de la actividad publicitaria ilícita. Dicha modificación en el art. 3 de la Ley General de Publicidad no fue introducida hasta 2004, obligada por la aprobación de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género y declaró " ilícitos los anuncios  que presentan a  las mujeres de forma vejatoria o discriminatoria, bien utilizando particular y directamente su cuerpo o partes del mismo como mero objeto desvinculado del producto que se quiere promocionar".

Consulta las sentencias en:

https://www.inmujeres.gob.es/observatorios/Sentencias/SentenciasPublicidadSexista.htm 

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